EMPCOV 2021 Apoyo a la viabilidad de empresas y personas trabajadoras en régimen de autónomo afectadas por la COVID19 (Esta actuación se aplica en el marco de los Fondos Estructurales como respuesta de la Unión Europea a la pandemia)

Normativa

DECRETO LEY 2/2021, de 29 de enero, del Consell, de medidas extraordinarias dirigidas a trabajadores y trabajadoras, empresas y trabajadores y trabajadoras autónomas, para paliar los efectos de la crisis derivada de la pandemia por la Covid-19

DECRETO 17/2021, de 29 de enero, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y concesión directa de ayudas a empresas y personas trabajadoras autónomas de los sectores de la hostelería, tanto alojamiento como restauración, agencias de viaje, actividades artísticas, recreativas y de ocio, por la Covid-19

Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la UE (normativa sobre las ayudas de minimis)

REGLAMENTO (UE) No 1407/2013 de la Comisión

 

IMPORTANTE.  ANTES DE INICIAR LOS TRÁMITES PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN DESCARGUE Y LEA  DETENIDAMENTE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS (estos documentos se actualizarán a medida que se añadan nuevos contenidos, por lo que se recomienda su consulta periódica y, en todo caso, el acceso a la última versión disponible antes de realizar el trámite 2):

La presentación de las solicitudes se efectuará realizando dos trámites:

TRÁMITE UNO - (Solicitud de fecha y franja horaria para presentar la solicitud):

Observación: para este trámite no es necesario disponer de firma electrónica, en este trámite solo deberá introducirse la identificación de la empresa o persona trabajadora autónoma para la que se solicita la ayuda (no de su representante), un correo electrónico y un teléfono de contacto. 

Iniciado el plazo para realizar el trámite uno (el acceso al mismo estará disponible entre las 9 horas del día 4 de febrero de 2021 y finalizará a las 24 horas del día 17 de febrero de 2021), deberá acceder al siguiente enlace y rellenar el formulario correspondiente

Solicitud de fecha y franja horaria para presentar la solicitud EMPCOV 2021 (el enlace se activará el día 4 de febrero a las 9:00h).

TRÁMITE DOS (Presentación de la solicitud):

En la fecha y franja horaria facilitados por el sistema al registrar el trámite uno, acceda a formular la solicitud a través del siguiente enlace (pinchando en el enlace accederá al procedimiento telemático para formular la solicitud).

EMPCOV 2021. Apoyo a la viabilidad de empresas y personas trabajadoras en régimen de autónomo afectadas por la COVID19

Modelos que deben acompañar a la presentación de la solicitud en el trámite dos (a cumplimentar por el solicitante):

  • HOR0003E Domiciliación bancaria
  • EMP0554E  Anexo III.  Representación Autorización de la representación (a presentar solo si el solicitante carece de firma electrónica y va a actuar mediante representante)

       Se puede evitar la presentación de este documento (Anexo III)  solicitando la subvención mediante firma electrónica.

En relación al Anexo III (Representación para la realización por medios telemáticos de trámites del procedimiento empcov 2021), se reitera que solo podrá ser utilizado en el supuesto de que el solicitante carezca de firma electrónica. Si dispone de la misma NO PUEDE UTILIZARSE este procedimiento alternativo y solo se admitirá la presentación mediante representante si dicha representación consta en el registro correspondiente (a través del procedimiento "Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Comunitat Valenciana (ACCV)" https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168&version=amp)

A este respecto, se recomienda solicitar la subvención mediante firma electrónica propia, o mediante representante debidamente inscrito en el registro de representantes, porque se evita con ello el tener que efectuar comprobaciones que podrían dar lugar a posibles requerimientos e influir negativamente sobre la fecha criterio y ralentizar el pago de la ayuda.

Si no dispone de firma electrónica puede solicitarla siguiendo las indicaciones que aparecen en la página https://www.accv.es o en los procedimientos:

- "Solicitud de certificados reconocidos de entidad (firma electrónica personas jurídicas) emitidos por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV) https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=3008&version=amp

- o "Solicitud de certificados reconocidos (firma electrónica personas físicas) para ciudadanos, emitidos por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV) https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=2324)")

 

Una vez presentada la solicitud y después de que LABORA le haya notificado ya su número de expediente, si usted tuviera que responder a un requerimiento de documentación o necesitara anexar algún documento deberá utilizar el siguiente enlace:    Aportación de documentación a un expediente abierto de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación